Decisiones del dia 13/12/2011
N° Expediente :
AP41-U-2005-000940
N° Sentencia :
INTERLOCUTORIA
Fecha: 13/12/2011
Procedimiento: Recurso Contencioso Tributario
Partes: LA COPIADORA DEL ESTE C.D.C., C.A. / SENIAT
Resumen:
En vista de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ORDENA LA EJECUCION VOLUNTARIA de la sentencia No. 1.468 dictada por este órgano Jurisdiccional en fecha 23 de Febrero de 2010, la cual declaró sin lugar el recurso contencioso tributario interpuesto, ratificándose en consecuencia la Resolución N° GJT-DRAJ-A-2005-239 de fecha 14 de febrero de 2005 (folios 21 al 28), emanada de la extinta Gerencia Jurídico Tributaria del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por la contribuyente el 01 de julio de 1999, contra las Resoluciones (Imposición de Sanción) Nos. SAT-GRTI-RC-DF-1-1052-6044 (folios 54 y 55) del 26-05-1998, SAT-GRTI-RC-DF-1-1052-12339 (folios 62 y 63).....
Juez/Ponente:
Beatriz González
Organo:
Juzgado Superior Tercero de lo Contencioso Tributario
N° Expediente :
AP41-U-2011-000392
N° Sentencia :
INTERLOCUTORIA
Fecha: 13/12/2011
Procedimiento: Recurso Contencioso Tributario
Partes: POSEIDON SERVICES, S.A. / SENIAT
Resumen:
Luego, si de acuerdo con las normas contenidas en el Código Orgánico Tributario, la reciente pero ya reiterada jurisprudencia de nuestro Máximo Tribunal, ha aclarado que en caso de dudas, lo determinante para definir cual es el tribunal competente por el territorio en materia tributaria, es la noción del domicilio de la recurrente, opinión que obviamente es compartida por esta Juzgadora, es forzoso DECLARAR LA INCOMPETENCIA POR EL TERRITORIO de este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario del Área Metropolitana de Caracas, para sustanciar y decidir el presente recurso, de conformidad con lo previsto en el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, que puede ser declarada aún de oficio en cualquier instancia del proceso, pues de acuerdo con lo expuesto corresponde dicha competencia al Tribunal Superior Contencioso Tributario de la Región Zuliana, debido a que la recurrente se encuentra domiciliada en la ciudad de Maracaibo del Estado Zulia. Así se declara.
Juez/Ponente:
Beatriz González
Organo:
Juzgado Superior Tercero de lo Contencioso Tributario