DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Vigésimo Cuarto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEL PROCESO, seguido en contra del ciudadano VITO CUZZOLINO LORDI, quien es Venezolano, natural de San Gregorio Mano Salerna, Italia, de 74 años de edad, estado civil casado, profesión u oficio Comerciante, residenciado en el Edificio Cana, Puente Hierro, y Titular de la Cédula de Identidad Nº 6.311.837, por la presunta comisión del delito de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal derogado, en perjuicio del ciudadano JAIME MEDINA, por haber operado la prescripción ordinaria de la acción penal, conforme al artículo 318.3, con relación al artículo 48.8, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con .....