Con fundamento en las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas actuando en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la Acción de Amparo Constitucional, intentada por el ciudadano, JORGE RAMIREZ CHACON, en contra de la sociedad mercantil CLEANCO MULTISERVICIOS C.A, en consecuencia se ordena a esta última a dar inmediato cumplimiento a la Providencia Administrativa signada con el N° 327-11, de fecha 23 de mayo de 2011, dictada por la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas, la cual declaró Con Lugar la Solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos incoada por el ciudadano JORGE RAMIREZ, por lo qué ante la infracción de los previsto en los artículos 87, 91 y 93 de la Constitución de la Republica Bolivarian.....