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DISPOSITIVA
Con sustento en los anteriores razonamientos, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley, declara SIN LUGAR del recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho JOSE JOEL GOMEZ CORDERO, actuando en su carácter de defensor privado del ciudadano ALEJANDRO JOSE PEREZ CASTILLO, en contra de la decisión dictada en fecha 11 de Septiembre de 2013, por el Juzgado Vigésimo (20º) de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, con ocasión de la Audiencia de Presentación de Detenido, mediante la cual decretó en contra del referido ciudadano Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con lo establecido en los artículos 236 numerales 1º, 2º y 3º, 237 numerales 2º, 3º y Parágrafo Primero y 238 numeral 2º, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisi.....