En consecuencia, vistas las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial DECLINA LA COMPETENCIA en los Juzgados de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, para conocer de la presente demanda por Fraude Procesal, incoada por el abogado JUAN RAFAEL GARCÍA GAGO, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil BAR RESTAURANT PONTADOSOL, C.A. contra los ciudadanos MIGUEL ARCANGEL RUBIO MARTÍNEZ, ANGEL FERMÍN, ROSA CHACÓN y ALEJANDRA FERMÍN, anteriormente identificados. Y Así se decide. No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la presente decisión