Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la Conversión en DIVORCIO de la Separación de Cuerpos existentes entre los ciudadanos ELEAZAR GUSTAVO JIMENEZ LOPEZ y MORAIMA DEL VALLE JASPE CARDENAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Números V- 11.197.244 y V- 6.948.037, respectivamente, y disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraídos por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia el Paraíso del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 10 de noviembre de 2000, del libro de matrimonios del año 2.003, Acta N° 287, Folio 287.
Regístrese y Publíquese.
Dada, firmada y sellada en la sala del Despacho del Tribunal Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Expídanse copias certificadas de la presente de.....