Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de ley, declara CON LUGAR la demanda que por INDIGNIDAD intentó la ciudadana ANA JOSEFA PEÑA COLINA contra la ciudadana MARGARITA CASTILLO, ambas identificadas en el encabezamiento de este fallo. En consecuencia este Tribunal declara INCAPAZ PARA SUCEDER POR INDIGNIDAD a la ciudadana MARGARITA CASTILLO.
Se ordena a la demandada a restituir todos los frutos que haya percibido en virtud de los bienes de JUAN ALBERTO HERRERA CASTILLO, desde el día de apertura de la sucesión.
Se condena en costas a la parte demandada toda vez que resultó totalmente vencida en el juicio.
PUBLIQUESE, REGISTRESE y NOTIFIQUESE a las partes de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.