Dispositivo
En razón de todos los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: La confesión ficta del ciudadano Porfirio Antonio Soriano Peralta; y en consecuencia, con lugar la pretensión de resolución de contrato de arrendamiento contenida en la demanda incoada por la representación judicial del ciudadano Juan Febles Armas, ambas partes identificadas en el encabezamiento del presente fallo.
SEGUNDO: Se declara resuelto el contrato de arrendamiento autenticado ante la Notaría Pública Vigésima Sexta del Municipio Libertador del Distrito Capital, "el día 28 de noviembre de 2008" (sic), bajo el Nº 17, tomo 70, de los libros respectivos; y en consecuencia, se condena a la parte demandada a entregar a la parte actora, el local comercial
TERCERO: Se condena a .....