CUARTO
D E C I S I O N
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Quinto de Control de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, a favor de la joven CHIRINO GUTIERREZ DAILIMI TIBISAY, de 16 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 17.775.886, nacida en fecha 10-03-88, residenciado en: PARROQUIA ANTIMANO, CALLE EL MEDIO, CASA N° 9, CERCA DE LA JEFATURA CIVIL, de conformidad con lo establecido en los artículos 561, literal "d" y 615 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con los artículos 318 ordinal 3° y 48 ordinal 8° ambos del Código Orgánico Procesal Penal .
Por cuanto la presente decisión no fue dictada en audiencia oral, se ordena la notificación de su contenido a las partes.....