Este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la Solicitud de ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE RECONOCIMIENTO DE COMUNIDAD CONCUBINARIA, incoada por la ciudadana CAROLINA SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-12.598.522, contra el Niño (Se omite identidad de acuerdo a lo establecido en el articulo 65 de la LOPNNA), y del adolescente (Se omite identidad de acuerdo a lo establecido en el articulo 65 de la LOPNNA), de siete (07) y quince (15) años de edad; a tal efecto, este Órgano Jurisdiccional declara: que entre los ciudadanos CAROLINA SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-12.598.522, y el ciudadano JAVIER JOSÉ RODRIGUEZ C.....