este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos Rosario Gómez Rangel y Bruno Ginoble Recchiuti, ambos identificados al inicio de este fallo. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos el día 12 de noviembre de 1.976, ante el Juzgado Noveno de Parroquia de esta Circunscripción Judicial, (hoy Juzgado Decimoctavo de Municipio de esta Circunscripción Judicial), anotada bajo el Acta Nro 197, inserta al Vto., folio 199 y 200, del año 1.976, del libro de Matrimonios del Registro Civil respectivo.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia.