Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la separación de cuerpos de los ciudadanos LEONARD DAVID MICHELENA ROJAS y NELIDA GABRIELA GOMEZ MARTINEZ antes identificados, y en consecuencia, disuelto el vínculo que los une en virtud del matrimonio celebrado por ellos el Registro Civil Municipal, Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Miranda en fecha 15 de enero de 2007, Acta Nº 06, Tomo 1, año 2007.
Queda disuelta la comunidad conyugal.