Por las motivaciones anteriormente expuestas, este JUZGADO DECIMOCTAVO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente decisión:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la acción de DIVORCIO 185-A, instaurada por los ciudadanos HAIDE DEL COROMOTO CARRILLO DE CARRILLO y ENRIQUE CARRILLO MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.386.637 y V-7.151.147, respectivamente, y en consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNÍA, en virtud del matrimonio celebrado en fecha 22 de Julio del 1.976, por ante la Parroquia Santa Ana, Municipio Pampán del Estado Trujillo, según se desprende de acta de matrimonio signada 48, emitida por esa Dependencia
SEGUNDO: Se ordena participar a las autoridades competentes del presente fallo a los fines indicados en los artículos 475 y 506, ambos del C.....