Ahora bien, es el caso que el penado OSORIO JEAN JULIO CÉSAR, padece de una condición médica que si bien es cierto no constituye una enfermedad terminal, no es menos cierto que tratándose de una condición que ameritaba rehabilitación integral le fue concedida la medida humanitaria, bajo la cual se ha mantenido, lo que le ha permitido la efectiva reinserción social como se desprende de los informes emanados de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, así como de los libros de presentación llevados ante este despacho, donde se evidencia que el mismo ha cumplido con sus presentaciones desde el años 2003 hasta la fecha, por lo que resultaría un perjuicio para su efectiva recuperación y reinserción negarle la posibilidad de continuar en libertad con las limitaciones que supone un régimen de pre-libertad con un nivel de supervisión que le brinde el asesoramiento y orientación psicológica suficiente para continuar el proceso de adaptación a la vida en pre-libertad, por lo que es.....