VI
PARTE DISPOSITIVA
En mérito a los anteriores razonamientos, este Juzgado VIGÉSIMO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la acción de DESALOJO intentada por el ciudadano EFREN ANDRÉS GUTIERREZ COLMENARES, en contra de los ciudadanos LUIS ENRIQUE CASTILLO y YOLANDA ORTIZ DE CASTILLO, ambas partes suficientemente identificadas en el cuerpo de esta decisión. En consecuencia, se declara extinguido el contrato de arrendamiento verbal suscrito por las partes y, se condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Entregar a la parte actora el inmueble identificado como: Planta Baja de la casa distinguida con el Nro. 40, en la Calle Democracia, ubicada en la Jurisdicción de la Parroquia 23 de Enero, Barrio Los Flores de Catia, entre la Calle San Lorenzo y Molino, Quinta GLAOMBOX, del Municipio Libertador del Distr.....