SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por los abogados ROSA MARINA QUINTERO CASTRO y MIRIAM COROMOTO RODRÍGUEZ PÉREZ, en su carácter de apoderadas judiciales del ciudadano RICARDO ALBERTO TORRES GUILLEN, en contra del auto de fecha 13 de enero de 2016, dictado por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, mediante el cual oyó en un sólo efecto la apelación ejercida por la representación judicial de la hoy recurrente, contra el auto de fecha 1º de julio de 2015 que declaró inválida la citación practicada a la asociación civil Colegio de Odontólogos de Venezuela (C.O.V.), asimismo declaró como no presentada la cuestión previa contenida en el numeral 8 del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, promovida por los ciudadanos Pablo Quintero, Silvia Príncipe, Oslei Arévalo y Juan Domingo Saavedra, y por último, ordenó practicar nuevamente la citación personal de la asociac.....