Se dicto sentencia definitiva mediante la cual este juzgado declara: CON LUGAR la demanda que por DESALOJO interpuso la ciudadana AMELIA DE LA LUZ ESTEVEZ DE VIDTS contra la ciudadana NELIA RAMONA ESCALONA BOSCAN, antes identificadas. En consecuencia, se condena a la demandada a desalojar y entregar a la parte actora, el siguiente bien inmueble: Apartamento que forma parte del edificio Centro Caracas, ubicado en las esquinas de Quebrados y Angelitos, distinguido BII-181, situado en la planta 18, Sector II, de la Torre B, Parroquia San Juan, Departamento Libertador del Distrito Federal.
Se condena en costas a la parte demandada, por cuanto resultó totalmente vencida en el juicio, a tenor de lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 247 y 248 eiusdem, publíquese y regístrese la presente sentencia. Por cuanto es dictada dentro del lapso previsto en el artículo 121 de la Ley para la Regularización y Control de los .....