declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por el ciudadano JOSÉ ALBERTO KUSTER, de nacionalidad brasilera, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº.E.-84.571.136.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído con la ciudadana YLAYALY JOSEFINA REYES MONSALVE, en fecha 27 de julio de 2018, ante el Registro Civil del Municipio Bolivariano Baruta del Estado Miranda, según consta en acta Nº 40 del año 2018.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 51 de la Resolución número 100623-0220 de fecha 23 de junio de 2010, emitida por el Consejo Nacional Electoral (CNE) y publicada en la Gaceta Oficial número 39.461 de fecha 08 de julio de 2010, se acuerda remitir copia certificada mediante oficio de la Sentencia y del auto de ejecución, a la Oficina Regional Electoral del Consejo Nacional Electoral (CNE) del Estado Sucre, y demás autoridades competentes, a fin que se esta.....