/*En el día de hoy, 19/06/2012, se dictó Resolución mediante el cual este Tribunal Tercero (3°) de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 265 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, DA POR CONSUMADO EL DESISTIMIENTO del procedimiento de Privación de Patria Poestad, signado con el N° AP51-V-2011-009733, a tal efecto, se declara terminado el procedimiento, igualmente, se ordena el cierre y archivo del presente asunto.-