Por todas las consideraciones que han quedado expuestas, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara Homologada la presente Transacción, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio que, por Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento, intentara la Sociedad Mercantil, PROYECTO CHA-K-O, C.A., contra el ciudadano LORENZO JOSE LOSADA RENOLA, todos identificados en el texto del presente fallo.
Publíquese, regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en la ciudad de Caracas, a los Diecinueve (19) días del mes de Julio del año dos mil seis (2006). Años: 196º de la Independencia y 147º de la Federación.
EL JUEZ,
LUIS TOMAS LEON SANDOVAL. EL SECRETARIO,
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