Se dictó decisión mediante la cual se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR LA OPOSICIÓN formulada el día 20 de junio de 2016, por los ciudadanos FERNANDO JOSE PLANCHART MARQUEZ y CARMEN DELIA BERBELLA SUAREZ, quienes actúan en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandada, JESUS ARTURO NUÑEZ BLANDIN, contra las medidas de prohibición de enajenar y gravar decretadas en fecha 26 de noviembre de 2015. Asimismo, se declaró REDUCIR en un 50% las medidas de prohibición de enajenar y gravar decretadas en fecha 26 de noviembre de 2015, por cuanto el referido porcentaje sería lo que podría corresponderle a la ciudadana DORYS GERALDINE PEDROZA GUILLEN, en la comunidad que existió entre ella y el ciudadano JESUS ARTURO NUÑEZ BLANDIN, ello con la finalidad de resguardar de igual forma los derechos del demandado sobre los referidos bienes inmuebles.