Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO interpuesta por los ciudadanos JORGE JONATHAN AULAR LOPEZ y YIRA YATZURY QUINTERO AGUILAR, ambos identificados al inicio de este fallo.
SEGUNDO: En consecuencia se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que se perfeccionó entre los solicitantes el día 07 de diciembre de 2015, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Agustín, Municipio Libertador, Distrito Capital, según se evidencia de acta de matrimonio No. 83, Folio 83; del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por esa entidad.
TERCERO: Líbrese oficio a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Agustín, Municipio Libertador, Distrito Capital, al Registro Princi.....