Este JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda de divorcio incoada por la ciudadana MARIELENA RODRIGUEZ RAMIREZ en contra del ciudadano EDGAR IOWA SALCEDO PEREZ, identificados en la primera parte de la presente decisión. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que unió a las partes de este proceso, que consta en Acta de Matrimonio inserta al libro de Matrimonios llevado por el Juzgado Noveno de Municipio de esta Circunscripción Judicial, la cual se encuentra distinguida como Acta Nº 14, Libro Nº 1, levantada en fecha 04 de marzo de 2005.
Se condena en costas a la parte demandada de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y NOTIFIQUESE