Se dictó sentencia Definitiva mediante la cual se declaró CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos FLAMINIO RINCON GARCIA y NOEMI SUESCUN DE RINCON. Como consecuencia de lo anterior quedó DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos en fecha 10 de octubre de 1988, ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Monseñor Bernabé Vivas del Distrito Córdova del Estado Táchira, según consta en acta Nº 84. Asimismo se ordenó librar oficios de participación a las autoridades correspondientes y anéxese copias certificadas de la decisión. Dada la naturaleza del presente fallo, no hay especial condenatoria en costas.-