DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 447 y 448 del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos:
Primero Admite el recurso de apelación interpuesto, por los abogados HORACIO MORALES LEON y ADALMIS CELESTE MENDEZ MORENOS, abogados en ejercicio y defensores privados del acusado YORMAN FERNANDO GARZON GONZALEZ, con fundamento en el artículo 447 numeral 5° del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión dictada en fecha 13 de febrero del presente año, por el Juzgado Décimo Sexto (16º) de Primera Instancia en funciones de Juicio de este mismo Circuito Judicial Penal.
Segundo: Se admite el escrito de contestación a la apelación, interpuesto el abogado FRANKLIN EDUARDO NIEVES CAPACE, en su condici.....