Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos existente entre los ciudadanos JOSE ADOLFO PARRA TORRES y KATHLEEN ARIADNA DELGADO ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges y titulares de las cédulas de identidad Nos V- 13.888.582 y V-14.585.070, respectivamente, y consecuencialmente DISUELTO el vinculo matrimonial contraído por ellos en fecha 10 de Junio de 2006, ante el Registrador Civil Municipal de la Parroquia Leoncio Martínez, Municipio Sucre del Estado Miranda, asentado bajo el Acta Nº 101, Tomo 01. Líbrense los oficios a las autoridades correspondientes.-
Regístrese, Publíquese y Notifíquese.
Dada, firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas Veinte (20) d.....