Este Tribunal Tercero (3°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana actora, ciudadanos ROSARIO AMELIA PALOMARES DE VIRGUEZ y JOSÉ MANUEL VIRGUEZ GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-4.169.307 y V.-3.886.941, respectivamente, contra la ciudadana MARÍA GABRIELA VIRGUEZ PALOMARES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V.-15.023.896.