este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en la demanda que por DIVORCIO CONTENCIOSO incoara el ciudadano JOSÉ ALBERTO MONASTERIO OJEDA, mayor de edad, venezolano, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº V-12.164.944 contra la ciudadana ALBA SORAIDA VALENCIA ARTEAGA, de nacionalidad ecuatoriana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº E-82.184.155.
Por la especial naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.