Por los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Trigésimo De Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda propuesta por los ciudadanos RICARDO CENGARLE FAUSTI y SOLEDAD MAYELA DE JESUS MORENO MATHEUS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números. V-4.360.171 y V-4.306.188, respectivamente, contra la sociedad mercantil INVERSIONES ILERJU S.A. (ILERJUSA), inscrita en el Registro Mercantil Primero del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 23 de abril de 1982, bajo el Nº 95, Tomo 42-A-Pro.