Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el abogado TONY CEDEÑO, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión de fecha VEINTINUEVE (29) DE JUNIO DE DOS MIL QUINCE (2015), emanado del Juzgado Décimo Segundo (12°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio incoado por la ciudadana HERMINIA MARINA MOLINA PIRELA, contra ANTONIO JOSE CLOTET GALLEGOS, UNIDAD ECONOMICA INDUSTRIAS ROAL WEAR, C.A.,, INDUSTRIAS TEXMAR 88 E INVERSIONES DELIMARA, C.A., e INVERSIONES DELIMARA.