DECISIÓN
En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de divorcio incoada por los ciudadanos DAVID HERNANDEZ RODRIGUEZ y MARTHA RAMIREZ ARCINIEGAS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-22.035.317 y V-22.035.316., respectivamente, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que unía a los citados ciudadanos, contraído en fecha 7 de enero de 1987, ante la Parroquia San Cayetano, Bucaramanga, Departamento Santander de la República de Colombia, siendo registrada por ante la Notaría Primera de ese mismo país en fecha 15 de enero de 1987, bajo el Código 5201, insertada ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Santa Rosalía, Municipio Libertador del Distrito Capital, en.....