Por las razones antes expuestas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO formulado por el abogado TOMAS RAMIREZ GALINDO, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora Sociedad Mercantil BANCO NACIONAL DE CREDITO, C.A, BANCO UNIVERSAL, por no ser contrario a derecho, al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, versa sobre derechos disponibles y no afecta a terceros beneficiarios de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.
SEGUNDO: Se ordena la devolución de los documentos originales que corren en el presente expediente.
TERCERO: Se ordena la remisión del presente expediente a los archivos judiciales, una vez quede definitivamente firme la presente decisión.