Se CONDENA al acusado DARVY LEONARDO ARANGUREN LANDAETA, de nacionalidad venezolano, natural de Caracas, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-7.925.671, edad: 45 años, residenciado en: Segunda Avenida el parque, vereda 25, casa Nº 06, Catia. Hijo de: Cecilia Landaeta (F) y Heriberto Aranguren (f), de ocupación u oficio: Mensajero motorizado. Teléfonos: 0416-014-64.67- 0212-880-17-00, a cumplir la pena de DOS AÑOS Y OCHO MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la niña, previa admisión de los hechos, asimismo se condena a la pena accesoria referida a la inhabilitación política mientras dure el cumplimiento de la pena, de conformidad con lo previsto en el artículo 66 numeral 2 del Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.