Por las razones antes expuestas, este Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que me confiere la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio hecha por los cónyuges, ciudadanos: ANA MARTINA RODRIGUEZ Y PASCUAL BANDRES NAVAS,ambos ampliamente identificados y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos en fecha 6 de Septiembre de 1997, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Paz Castillo del Estado Miranda