Por todos los razonamientos expuestos este JUZGADO VIGÉSIMO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, actuando en sede de Familia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Rectificación de la Partida de Matrimonio, presentada por la ciudadana TIBISAY VICTORIA PULIDO DE LEIZAOLA venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-10.112.713, a través de su apoderada judicial ciudadana LESBIA SAVINO PALACIO, Abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 13.486, anotado bajo el Nº 50, de fecha 6 de Agosto de 1.993, de los Libros de Matrimonio, llevado por el extinto Juzgado Sexto de Parroquia de esta Circunscripción Judicial hoy Juzgado Décimo Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, se ordena la rectificación de dicha partida, donde dice.....