Siendo entonces que existe pendiente una decisión sobre la oposición presentada por la parte actora reconvenida, y, que no ha sido sometida al conocimiento del Tribunal; a los fines de garantizar el derecho a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se ordena remitir la pieza número uno (01) del cuaderno de medidas, al Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta misma Circunscripción Judicial, al que corresponde hacer el pronunciamiento sobre la solicitud formulada por la apoderada judicial de la parte demandada, previa certificación por Secretaría, una vez que sean consignadas todas las copias correspondientes por parte de la peticionante, ya que de la revisión hecha a las copias entregadas, las mismas no fueron consignadas en su totalidad, a los fines de que este Juzgado Superior continúe con el conocimiento de la apelación ejercida por la representación judicial de la parte demandada.
Ahora bien, siendo que la piez.....