DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda de FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, incoada por la ciudadana DENISE CAROLINA GARANTON, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-15.613.448, en beneficio de su hija, la niña (X), de 05 años de edad, en contra del ciudadano WILMER ALEXIS ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-13.035.844. En consecuencia, se fija como quantum por concepto de Obligación de Manutención, la cantidad de OCHOCIENTOS NOVENTA y CINCO BOLIVARES (Bs.895,00) mensuales, lo que representa el 73,16 % del Salario Mínimo Urbano vigente, que en la actualidad es de mil doscientos veintitrés bolívares con noventa céntimos (Bs. 1223,90), decretado por el Ejecutivo Nacional, mediante decreto Nº 7.237, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.372. Igualmente, se establecen dos (2) bonificaciones especiales, una para el mes de septiembre.....