esta Sala 6 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, hace el siguiente pronunciamiento: ADMITE el recurso de apelación interpuesto el 18 de octubre de 2013, por el ciudadano GUSTAVO J. PRADA ZERPA, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 69.356, en su condición de Defensor de la ciudadana ADRIANA JESÚS MORA, titular de la cédula de identidad Nº V-19.397.715, HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 3 literal "a" del Código Penal, contra la decisión del 05 de Junio de 2013, emitida por el Juzgado Sexto (06º) de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual el negó el .....