Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243, 244 del Código de Procedimiento Civil, 26 y 257 de la Carta Magna, declara:
Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 03 de noviembre de 2023, por la abogada MYRIAN CRUZ CACIQUE, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte accionante, contra la sentencia de fecha 31 de octubre de 2023, dictada por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró INADMISIBLE la presente acción que por interdicto restitutorio incoara el ciudadano AGOSTINO JAVIER CAPOVILLA PASERO contra el ciudadano PAOLO BRUNO CALANDRO ROSCIOL.....