Con fundamento en los artículos antes mencionados y cumplidos los extremos exigidos por la ley, este Juzgado Vigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes la Transacción y en consecuencia se tendrán como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada en los mismos términos expuestos.
Ahora bien, con respecto a la transacción que cursa a los folios setenta y tres (73), ambos inclusive, presentada en fecha cuatro (04) de Diciembre de 2.014, se deja constancia que el ciudadano CARMINE FASANO CUPO, plenamente identificado en autos, entregara el inmueble identificado como Apartamento Nº 13-4, situado en el piso 13, Edificio 3 del Conjunto Residencial Radio Valle, Ubicado en la Av. Intercomunal del Valle, Parroquia el Valle, Municipio Libertador, Distrito Capital, el quince (15) de junio del dos mil .....