Por todas las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este JUZGADO SUPERIOR NOVENO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por la parte actora contra la sentencia dictada en fecha 1 de Diciembre de 2014 por el Juzgado Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR LA DEMANDA DE ACCION REIVINDICATORIA, incoada por la ciudadana CATY MARÍA RODRÍGUEZ FLOREZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 6.502.254 contra los ciudadanos BEATRIZ TERESA AGRO y LUÍS ALBERTO VARGAS AGRO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 6.394.902 y 10.479.630, respectivamente. TERCERO: SE CO.....