En base a las consideraciones que anteceden, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad a lo previsto en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil, este juzgado ordena:
PRIMERO: La RECTIFICACIÓN del Acta de Nacimiento Nº 1323, levantada en la Jefatura Civil de la Parroquia Candelaria, Departamento Libertador del Distrito Federal, el 27 de abril de 1961, correspondiente a la ciudadana SILVIA GABRIELA PARDI CELIS, en los siguientes términos: En lo adelante debe tenerse los nombres completos de su padre y presentante como "ANGEL FEDERICO DE LA TRINIDAD PARDI DELGADO, que es lo correcto, en vez de ANGEL FEDERICO PARDI DELGADO, como fue inicialmente asentado de forma incompleta.
SEGUNDO: La RECTIFICACIÓN del Acta de Nacimiento Nº 1197, levantada el 4 de mayo de 1962, en la Jefatura Civil de la Parroquia Candelaria, Departamento Libertador del Distrito Federal, correspondiente al ciudadano ANGEL FEDERICO PARDI CELIS, en .....