este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLARAR NULAS todas las actuaciones ocurridas en el juicio a partir del día 14 de julio de 2015, inclusive, fecha en la cual, este Tribunal ordenó librar cartel de citación conforme a lo establecido en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, y repone la causa al estado librar cartel de intimación dirigido a la Sociedad Mercantil R. ROYAL EXPRESS, C.A., en la persona de su representante legal, ciudadano RONALD CLEMENTE RODRÍGUEZ TORRES, venezolano, domiciliado en el Estado Vargas, titular de la cédula de identidad Nº V-18.755.085, de conformidad con lo establecido en el artículo 650 ejusdem, conforme los lineamientos señalados en el fallo.
SEGUNDO: NO HAY expresa condenatoria en costas dada la naturaleza de .....