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DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos este JUZGADO DUODECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y SALARIOS CAIDOS incoada por el ciudadano JOSE GREGORIO GRIMAN HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio e identificado con la cédula de identidad N° V.- 10.078.793 en contra del GRUPO DE VIGILANCIA Y PROTECCION HCM, C.A., empresa mercantil de este domicilio, creada según documento inscrito en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 19 de noviembre de 1985, bajo el Nº 14, Tomo 14-A-Pro.
SEGUNDO: No hay condenatoria en Costas.