Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta el 30 de marzo de 2016, por la abogado CARMEN SALINAS, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 29 de marzo de 2016 por el Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, oída en ambos efectos el 11 de abril de 2016, con motivo del juicio que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoara la ciudadana CARMEN SALAZAR contra CENTRO DE DIÁLISIS JAYOR, C.A. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas conforme la excepción prevista en el artículo 64 d.....