Por las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero Superior del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara: CON LUGAR la inhibición planteada por al Dra. Nieves Salazar, Jueza del Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en fecha catorce (14) de octubre de 2014, en el juicio incoado por los ciudadanos LUIS J. MOYA MUNDARAIN, RICHARD J. CLORALT CAGUANA, JOSE DURAN ODEVIS, DAVID FERNANDEZ y VICTOR D. MATOS BRICEÑO, contra BZS CONSTRUCCIONES, C. A., donde se inhibió de conocer el asunto AP21-L-2014-000183.