- III -
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio intentada por los ciudadanos por los ciudadanos CESAR GUILLERMO FRANCO GARCIA y ANA ELIZABETH ALVAREZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-5.744.014 y V-5.663.296, respectivamente, asistidos por la ciudadana LIZA REVILLA MENDOZA, abogada adscrita a la OFICINA DE ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, INSTITUCIONES RELIGIOSAS Y CULTOS, del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA, e inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 57.487, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, y, en consecuencia, se declara DISUELTO POR DIVORCIO, el vínculo conyugal contraído por dichos ciudadanos en .....