En consecuencia, este Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley; DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE CONTRA FIANZA, incoada por SEGUROS PIRAMIDE, C.A contra G.G.M COMATIN, C.A y el ciudadano HAROLD GREGORIO GARCIA BETANCOURT, en consecuencia:
PRIMERO: Se condena a los co-demandados a cumplir con el contrato de contra garantía, y por lo tanto se condena a GGM COMATIN, C.A y al ciudadano HAROLD GREGORIO GARCIA BETANCOURT; en forma solidaria a pagar a la actora la suma de CIENTO VEINTICINCO MIL SESENTA Y UN BOLIVARES FUERTES CON TREINTA Y TRES CENTIMOS (Bs.F. 125.061,33).