Decisiones del dia 25/03/2011
N° Expediente :
AP31-V-2009-003750
N° Sentencia :
Fecha: 25/03/2011
Procedimiento: Desalojo
Partes: DEMANDANTE: JACKELINE MARIA LA ROCHE ROMERO, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD Y TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 5.973.918, DEBIDAMENTE ASISTIDA POR EL ABOGADO ALBERTO JOSE BOLIVAR VELIZ, INSCRITO EN EL INPREABOGADO BAJO EL Nº 32.572.
Resumen:
En este orden de ideas, en fecha 03/12/2009, se dictó auto mediante el cual se ordenó librar compulsa a nombre de la parte demandada ciudadana: CARMEN OMAIRA ZAMBRANO MORENO, a fin de practicar la respectiva citación personal. En consecuencia, en vista de que no consta en autos de que la representación de la parte actora haya gestionado desde esa fecha la notificación de la parte demandada; se evidencia con meridiana claridad la falta de interés sustancial por parte del interesado en querer materializar la presente demanda, lo cual representa una evidente inercia de más de un año, resultando obvio el transcurso del tiempo mayor que el requerido para la PERENCIÓN de nuestro ordenamiento jurídico.
Esta inactividad procesal imputable a la parte actora se encuentra sancionada en nuestro ordenamiento jurídico, con la figura de la Perención de la Instancia cuyo efecto se circunscribe y da por extinguida la causa, no pudiendo promoverse nuevamente sino transcurrido como sean noventa .....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
N° Expediente :
AP31-V-2010-003430
N° Sentencia :
Fecha: 25/03/2011
Procedimiento: Desalojo
Partes: DEMANDANTE: VALERIO DE LEÓN ARIAS, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD Y TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 21.759.859, DEBIDAMENTE ASISTIDO POR LOS ABOGADOS LEONARDO HERNÁNDEZ Y GLADYS FIGUEROA, IPSA NROS. 76.948 Y 72.146, RESPECTIVAMENTE.
Resumen:
Ahora bien, este Tribunal se allana y asume el referido criterio casacionista, el cual es aplicable a partir de la publicación de la ut supra, transcrita sentencia, y aplicándolo al caso de marras se evidencia, que la parte actora no cumplió con su obligación legal, a los fines de materializar la citación personal de la parte demandada, dentro de los treinta (30) días que dispone la Ley, luego de la admisión de la demanda, esto es, 23/09/2010, como lo es, entre otras, proporcionar los medios o recursos necesarios al Alguacil que ha de practicar la respectiva citación, configurándose así los extremos de ley para la PERENCIÓN BREVE DE LA INSTANCIA, y así declara.
Con fundamento a las anteriores consideraciones este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA PERENCIÓN BREVE DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo dispuesto en el numeral primero del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concord.....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
N° Expediente :
AP31-V-2009-001927.
N° Sentencia :
Fecha: 25/03/2011
Procedimiento: Desalojo
Partes: DEMANDANTE: LA SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES 04-05-06, C.A., INSCRITA POR ANTE EL REGISTRO MERCANTIL QUINTO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL DISTRITO CAPITAL Y ESTADO MIRANDA, EN FECHA 30 DE MAYO DEL 2006, BAJO EL Nº 34, TOMO 1332 A, EN LA PERSONA DE SU PRESIDENTE MARTIN VALLES ROJAS, DE NACIONALIDAD COLOMBIANA, MAYOR DE EDAD Y TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NO. E-83.671.044, DEBIDAMENTE ASISTIDO POR LA ABOGADA EN EJERCICIO MARY LADERA SALAZAR, IPSA NO. 63.662.
Resumen:
De acuerdo con los ordinales del artículo en comento, se dan tres modalidades: (1) La perención genérica, ordinaria por mera inactividad o inactividad genérica que es aquella por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto en el procedimiento por las partes; (2) La perención por inactividad citatoria, se produce por incumplimiento del actor de sus obligaciones para que sea practicada la citación del demandado; y por último (3) La perención por reasunción de la litis, que es aquella que se realiza cuando los interesados no hubieren gestionado la continuación de la causa ni dado cumplimiento de las obligaciones que le impone la ley para proseguirla.
Es el caso sub iúdice, el Tribunal observa, que desde la diligencia de fecha 27/10/2009, fecha en la cual el Abogado en ejercicio JOSE HERNANDEZ, IPSA No. 139.544, mediante la cual solicitó la citación por carteles librando el Tribunal el respectivo Cartel, no ha realizado ningún acto procesal, a los fines de la consecución d.....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
N° Expediente :
AP31-V-2009-004398.
N° Sentencia :
Fecha: 25/03/2011
Procedimiento: Desalojo
Partes: DEMANDANTE: LA SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES 04-05-06, C.A., INSCRITA POR ANTE EL REGISTRO MERCANTIL QUINTO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL DISTRITO CAPITAL Y ESTADO MIRANDA, EN FECHA 30 DE MAYO DEL 2006, BAJO EL Nº 34, TOMO 1332 A, EN LA PERSONA DE SU PRESIDENTE MARTIN VALLES ROJAS, DE NACIONALIDAD COLOMBIANA, MAYOR DE EDAD Y TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NO. E-83.671.044, DEBIDAMENTE ASISTIDO POR EL ABOGADO EN EJERCICIO JOSE CANDELARIO HERNANDEZ RIERA, IPSA NO. 139.544.
Resumen:
De acuerdo con los ordinales del artículo en comento, se dan tres modalidades: (1) La perención genérica, ordinaria por mera inactividad o inactividad genérica que es aquella por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto en el procedimiento por las partes; (2) La perención por inactividad citatoria, se produce por incumplimiento del actor de sus obligaciones para que sea practicada la citación del demandado; y por último (3) La perención por reasunción de la litis, que es aquella que se realiza cuando los interesados no hubieren gestionado la continuación de la causa ni dado cumplimiento de las obligaciones que le impone la ley para proseguirla.
Es el caso sub iúdice, el Tribunal observa, que desde la diligencia de fecha 28/01/2010, suscrita por el ciudadano MARTIN VALLE, titular de la cédula de identidad No. E-83.671.044, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio MARJORIE PADRON, IPSA No. 133.166, mediante la cual consignó los fotostatos respectivos a fin de .....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
N° Expediente :
AP31-S-2011-002293.
N° Sentencia :
Fecha: 25/03/2011
Procedimiento: Unicos Y Universales Herederos
Partes: SOLICITANTES: LA CIUDADANA LIDUVINA GONZALEZ DE ALVAREZ, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NO. V-2.820.103, DEBIDAMENTE ASISTIDA POR LA ABOGADA EN EJERCICIO MIRIAN ISABEL VILLANUEVA, IPSA NO. 65.285.
Resumen:
Ahora bien, a los fines del Tribunal pronunciarse sobre la admisión de la presente solicitud observa: Que el de cujus aparece identificado tanto en el acta de defunción, como en la copia de la cédula de identidad (folios 3 y 7), como: "RUBEN ALVAREZ MURILLO", pero en el acta de matrimonio que corre inserta al (folio 06), aparece identificado como: "RUBEN ALVAREZ MORILLO", en tal sentido, vista la incongruencia se niega la admisión de la solicitud. Y así se decide.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese.
Dada, firmada y sellada, en Caracas a los (25) días del mes de Marzo del año 2011. Años. 200° y 152°
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
N° Expediente :
AP31-M-2010-000660
N° Sentencia :
Fecha: 25/03/2011
Procedimiento: Cobro De Bolívares
Partes: DEMANDANTE: CARLOS EDGAR MILLONES SAMAME, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, DE ESTE DOMICILIO Y TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V- 25.208.928., DEBIDAMENTE ASISTIDO POR EL ABOGADO RAFAEL RODRIGUEZ, INSCRITO EN EL INPREABOGADO BAJO EL Nº 67.112.
Resumen:
En el caso sub iudice, el Tribunal observa que en el presente caso, la demanda se admitió el 21/09/2010, y no consta en autos, que dentro de los treinta (30) días siguientes a la admisión de la demanda la parte actora haya proporcionado al Alguacil para la práctica de la citación del demandado JULIO ALEJANDRO GONZALEZ CACERES, tal y como lo ordenan las Sentencias antes citadas, por lo que en el presente caso, operó la Perención breve de la Instancia, la cual opera de pleno derecho y es irrenunciable por las partes. Esta inactividad procesal imputable a la parte actora se encuentra sancionada en nuestro ordenamiento jurídico, con la figura de la Perención de la Instancia cuyo efecto se circunscribe y da por extinguida la causa, no pudiendo promoverse nuevamente sino transcurrido como sean noventa (90) días de verificada la misma.
Con fundamento a las anteriores consideraciones este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por au.....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
N° Expediente :
AP31-M-2009-000317
N° Sentencia :
Fecha: 25/03/2011
Procedimiento: Cobro De Bolívares
Partes: DEMANDANTE: BANCO DE VENEZUELA, S.A, BANCO UNIVERSAL., CONSTITUIDO Y DOMICILIADO EN LA CIUDAD DE CARACAS, ORIGINALMENTE INSCRITO EN EL REGISTRO DE COMERCIO QUE LLEVABA EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO MERCANTIL DEL DISTRITO FEDERAL, EN EL TERCER TRIMESTRE DE 1980, BAJO EL Nº 33, FOLIO 36 VTO DEL LIBRO PROTOCOLO DUPLICADO, INSCRITO EN EL REGISTRO DE COMERCIO DEL DISTRITO FEDERAL, EL 02 DE SEPTIEMBRE DE 1980, BAJO EL Nº 56, MODIFICADO SU DOCUMENTO CONSTITUTIVO ¿ESTATUTARIO EN DIVERSAS OPORTU
Resumen:
De acuerdo con los ordinales del artículo en comento, se dan tres modalidades: (1) La perención genérica, ordinaria por mera inactividad o inactividad genérica que es aquella por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto en el procedimiento por las partes; (2) La perención por inactividad citatoria, se produce por incumplimiento del actor de sus obligaciones para que sea practicada la citación del demandado; y por ultimo (3) La perención por reasunción de la litis, que es aquella que se realiza cuando los interesados no hubieren gestionado la continuación de la causa ni dado cumplimiento de las obligaciones que le impone la ley para proseguirla.
En el caso sub iudice, el Tribunal observa que desde el día 12/11/2.009, fecha en la cual la parte actora retiro el cartel de citacion, los apoderados accionantes no han realizado ningún acto procesal, a los fines de la consecución del proceso; lo cual representa una evidente inercia de mas de un (01) año, resultando obvio el.....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio