este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda que por intimación de honorarios profesionales incoara el abogado ROSO ANTONIO CASTILLO, en contra de la sociedad mercantil INVERSIONES SABENPE C.A. Así se decide.-
SEGUNDO: Se declara que el abogado ROSO ANTONIO CASTILLO, tiene derecho al cobro de las siguientes partidas las cuales fueron discriminadas en el numeral segundo (2°) del capítulo segundo (2°), de los alegatos de la parte actora, de este fallo como: "iv" por concepto de diligencia de fecha 27 de abril de 1994, mediante la cual consigna escrito de contestación a las cuestiones previas, y estimada en la cantidad de cinco millones de bolívares (Bs. 5.000.000,00), es decir, hoy la cantidad de cinco mil de bolívares (Bs. 5.000,00); "v".....